[dropcap color=»» boxed=»yes» boxed_radius=»50%» class=»» id=»»]E[/dropcap]l pasado 16 de febrero de 2017 el Tribunal Constitucional dictó una relevante sentencia mediante. En ella declara inconstitucionales varios artículos de la Norma Foral de Guipúzcoa referente al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), popularmente conocido como plusvalía municipal.

 

El Tribunal Constitucional anula la plusvalía municipal en la venta de inmuebles con pérdidas

 

El tributo, competencia de los ayuntamientos, se aplica de acuerdo con una fórmula. Esta toma como base el valor catastral del suelo y lo multiplica por un coeficiente. Lo hace en función del número de años que hayan transcurrido entre la compra y la venta. Este hecho comporta que se paga siempre por el vendedor aunque el inmueble se haya vendido con pérdidas.

 

El Tribunal entiende que no puede exigirse al vendedor de un inmueble el pago de un impuesto que grava un incremento del valor, cuando en realidad no se ha producido. Es decir, cuando se haya vendido el immueble por un precio inferior por el que se adquirió. Lo ha hecho al entender que tributar por este impuesto cuando la venta del inmueble se ha realizado con pérdidas va en contra del principio de capacidad económica. En este sentido, el Alto Tribunal reitera que en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial, como sucede en las ventas de inmuebles sin obtener ganancia alguna, o incluso en aquellas realizadas obteniendo pérdidas.

 

Se abre la posibilidad de presentar las correspondientes reclamaciones contra los Ayuntamientos

 

Por ello, el Tribunal Constitucional declara parcialmente inconstitucionales y nulos los preceptos cuestionados referentes a la normativa foral de Guipúzcoa. Si bien se prevé que se declare también inconstitucional la normativa estatal dado que en ella aparece idéntica normativa que la declarada inconstitucional. Este hecho abre la posibilidad de presentar las correspondientes reclamaciones contra los Ayuntamientos.

 

 

Si la venta de un inmueble te ha supuesto pérdidas y necesitas más información no dudes en contactarnos. ¡Te ayudamos a defenderte!